- Los protocolos, que desarrollan la ley autonómica de no discriminación bajo criterios científicos, garantizan la continuidad asistencial desde la infancia
El Gobierno andaluz ha tenido conocimiento de un informe de la Consejería de Salud sobre los nuevos Procesos Asistenciales Integrados (PAI) de Atención Sanitaria a Personas Transexuales en Andalucía, que se pondrán en marcha próximamente tras su publicación en la web de este departamento. Estos protocolos, uno para la población infantil y adolescente y otro para la adulta, facilitarán el trabajo de los profesionales, garantizarán la continuidad asistencial desde la infancia y descentralizarán la atención con unidades específicas en todas las provincias, evitando desplazamientos innecesarios para los diferentes tratamientos.
Estos nuevos procesos están basados en la evidencia científica y en la respuesta a las necesidades del colectivo, se implantan en cumplimiento de la ley andaluza para la no discriminación por motivos de identidad de género y reconocimiento de las personas transexuales de Andalucía, aprobada en 2014. Sustituirán a las instrucciones provisionales dictadas entonces por el Servicio Andaluz de Salud (SAS).
La elaboración de los nuevos procedimientos ha sido fruto del trabajo en equipo realizado a lo largo de un año con la participación de las asociaciones de personas transexuales y de los profesionales expertos en diferentes disciplinas del sistema sanitario público de Andalucía. Asimismo, han sido sometidos a la revisión externa de las sociedades profesionales involucradas y del SAS.
Los procesos detallan el conjunto de intervenciones, decisiones y actividades que se encadenan en la atención a estas personas, incluyendo el procedimiento integral de reasignación sexual que ofrece la cartera de servicios del SAS, con los correspondientes tratamientos, cirugías y prestaciones dirigidas a asegurar el desarrollo equilibrado y saludable de la identidad de género, especialmente en la pubertad.
La ley autonómica en la que se basan los PAI garantiza el derecho a la autodeterminación de las personas que manifiestan una identidad distinta de la que tienen al nacer, así como a unas condiciones de vida iguales a las del resto de la ciudadanía. En consonancia con ello, incluye medidas para asegurar la atención sanitaria con los mismos criterios de universalidad de la prestación que rigen para toda la población, sin que se identifiquen riesgos de salud diferenciados o exclusivos, o tratos específicos que puedan contravenir el derecho a la privacidad.