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La Junta Directiva de la Academia de Cine ha aprobado la modificación del artículo seis del reglamento de la entidad, que regula las condiciones que deben cumplir los profesionales del cine español que deseen solicitar su entrada como socios de la institución.
Este cambio era uno de los objetivos fundamentales que planteó la nueva terna presidencial tras su incorporación a la Academia el pasado octubre. Tal y como afirmó la presidenta de la entidad, Yvonne Blake, en la presentación de la candidatura, «uno de nuestros mayores retos es abrir la institución a una generación jovencísima de cineastas muy interesante a los que debemos captar, flexibilizando las normas de acceso para ser miembro de la Academia. Necesitamos sangre nueva para rejuvenecernos, optimizando todo lo que la Academia puede ofrecerles, que es mucho y muy variado».
Por ejemplo, a partir de ahora, para la solicitud de ingreso como miembro numerario en la categoría de Guion habrá que haber realizado un mínimo de unlargometraje estrenado, en salas comerciales, en cuyos títulos de crédito esté reconocida la condición de guionista.
En Dirección bastará con haber realizado un mínimo de un largometraje estrenado, en salas comerciales, en cuyos títulos de crédito esté reconocida su condición de director, y en Interpretación, haber realizado un mínimo de un largometraje estrenado en cuyos títulos de crédito esté reconocida su condición de actor o actriz protagonista, bien poder acreditar cuatro largometrajes como intérprete de reparto, o bien haber ejercido profesionalmente la interpretación cinematográfica por un período de tiempo de diez años, habiendo participado como actor o actriz.