- La relación de precios y el cartel de la existencia de hojas de quejas y reclamaciones deben estar disponibles al público durante el evento
- Se recomienda guardar las entradas, así como la publicidad que pudiera existir, ya que ambos documentos tienen valor contractual
- Se puede recibir asesoramiento en los Servicios Provinciales de Consumo presentes en todas las capitales de provincia, así como en las Oficinas Municipales de Información al Consumidor (OMICs), y en las organizaciones de personas consumidoras y usuarias
Se recomienda a las personas que vayan a acudir a cotillones o fiestas de fin de año que guarden las entradas a las mismas, así como la publicidad que pudiera existir, ya que ambos documentos tienen valor contractual y resultan esenciales de cara a poder formular reclamaciones posteriores si fuera necesario. En este sentido, se recuerda que los establecimientos deben disponer de hojas de quejas y reclamaciones a disposición de las personas consumidoras, para lo cual se exhibirá un cartel que informe claramente de su existencia.
Las entradas a este tipo de eventos deben incluir información suficiente para identificar al responsable de la prestación del servicio, por ejemplo, a través del CIF o el domicilio social. Además, en la entrada se debe especificar claramente el precio final y completo, incluyendo cualquier tipo de impuesto, cargas o importes por servicios accesorios, así como el aforo permitido. Igualmente, se recomienda comprobar antes de su adquisición si la entrada incluye barra libre o da derecho a alguna consumición o servicio de guardarropa. Si este último servicio se cobra por separado, es conveniente conservar también la correspondiente factura.
Consumo recomienda a las personas que quieran acudir a una de estas fiestas que se informen con cierta antelación y comparen precios, prestaciones y calidad de los servicios para decidir cuál es la mejor opción, así como que se informen sobre el horario durante el que se prolongará el evento. Las entradas se deben adquirir en puntos de venta oficiales, nunca en la reventa, ya que se trata de una actividad ilegal, contra la que no existe posibilidad de reclamación.
Por otra parte, es recomendable comprobar que la fiesta cuenta con la oportuna autorización para su celebración, algo que se puede consultar en el Ayuntamiento correspondiente. Además, la empresa organizadora debe tener contratado un seguro de responsabilidad civil por daños causados a terceros, personales y materiales. Asimismo, siempre es recomendable que cuenten también con un seguro para responder en caso de pérdidas o robos de objetos depositados en guardarropa.
Antes de la celebración del evento, es aconsejable siempre que sea posible realizar una visita al local donde se vaya a celebrar la fiesta y comprobar si cuenta con los mínimos requisitos de seguridad exigibles (que cuente con salidas de emergencia suficientes y utilizables, presencia de extintores, aseos suficientes y de buena calidad, conocer el aforo total del local e informarse del número total de entradas puestas a la venta). Además, en la fiesta deben estar perfectamente visibles y a disposición del público la relación de precios y el cartel anunciador de la existencia de hojas de quejas y reclamaciones.
En caso de que se produzca cualquier incidencia o disconformidad con el servicio recibido, la persona consumidora tiene derecho a que el establecimiento le facilite la hoja oficial de quejas y reclamaciones. Si los organizadores no cumplen con dicha obligación, puede denunciarse esta circunstancia ante las autoridades municipales a través de la Policía Local, así como a los Servicios de Consumo de la Comunidad Autónoma que corresponda.
Por último, Consumo invita a respetar las normas más básicas como no fumar, no llevar bengalas ni otros materiales pirotécnicos que puedan provocar incendios, así como consumir alcohol de forma responsable y no conducir en caso de haberlo consumido. Asimismo, recuerda que está prohibida la venta de alcohol a las personas menores de 18 años.
También se puede recibir asesoramiento en los Servicios Provinciales de Consumo presentes en todas las capitales de provincia, así como en las Oficinas Municipales de Información al Consumidor (OMICs), y en las organizaciones de personas consumidoras y usuarias.