Entra en vigor la prohibición de cortes de luz a hogares vulnerables

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  • El decreto ya está en vigor pero no es efectivo ya que está a la espera de la aprobación de un reglamento
  • Se prevé que se haga efectiva para primavera, cuando se apruebe el decreto por el cual se cree el reglamento que regule la prohibición de cortes de luz a hogares vulnerables

 El decreto establece la prohibición de cortar el suministro eléctrico a los consumidores que cumplan la condición de vulnerables severos, está ya en vigor pero todavía no es efectiva porque debe esperarse a la aprobación del reglamento que la desarrolla.

En la nueva norma se incluye una nueva categoría en la lista de suministros de energía eléctrica considerado suministros de carácter de esenciales (que no se puede cortar), que incluye a los suministros a consumidores que tengan la condición de vulnerables severos acogidos a tarifas de último recurso y que estén siendo atendidos por los servicios sociales de las Administraciones Públicas por hallarse en riesgo de exclusión.

Esta medida se aplica a hogares en los que las personas que cumplen las condiciones residen habitualmente además, es necesario que los requisitos sean acreditados y validados por los servicios sociales.

Además, el decreto modifica la definición de consumidores vulnerables para incluir distintos colectivos de vulnerables atendiendo a sus características sociales y poder adquisitivo, y a los umbrales de renta, por lo que responderá a circunstancias individuales como pueden ser las miembros de la unidad familiar, los menores a cargo o con diversidad funcional, etc.

Hasta cuatro meses por impago

Otro de los cambios que contempla la nueva normativa es la ampliación del plazo para la suspensión del suministro en caso de impago hasta 4 meses para algunos consumidores vulnerables, aunque todavía está pendiente de ser reglamentado.

El decreto da un plazo de tres meses, tras su convalidación en el Congreso de los diputados, para que el Gobierno desarrolle su reglamento, lo que supone que todas estas novedades no sean aplicables hasta entonces.

Asimismo, la asunción parcial del coste de esta medida está considerado una obligación púbica, lo que supone que se dividirán entre las aportaciones de las compañías eléctricas y los complementos de las Administraciones Públicas.

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